REGRESA LA RETENCION DE IVA

En Enero 2018 el SII publica el Decreto 2 que deroga la Resolución Nº 39  del año 2008 del mismo Servicio, lo que implica retroceder en la eliminación de la retención de IVA  para aquellos contribuyentes que se han sumado a la facturación electrónica, abarcando amplios rubros, entre ellos la ganadería.-  El  beneficio fiscal  de la facturación electrónica es el mayor control ejercido sobre los contribuyentes,  lo que debe reflejarse directamente en una menor evasión; por otra parte el beneficio para el contribuyente es el término de la retención total o parcial del IVA que generan sus ventas.-  La  derogación de la Resolución Nº 39 le quita, sin previo aviso ni análisis conjunto,  el beneficio a los contribuyentes a partir del 01 de Marzo 2018.-

Sin duda esta medida afecta negativa y directamente a muchísimos  productores de ganado, ya que no todos pueden postular a ser Agentes Retenedores para evitar la retención parcial del IVA, aunque posean domicilio conocido y sean fácilmente fiscalizables.- Estos ganaderos no percibirán la totalidad  del IVA que generan sus ventas, pero si deberán pagar siempre la totalidad del IVA que generan sus compras, lo que aparte de constituir una injusticia   les genera le genera  claros efectos financieros negativos.-

La medida que tal vez era legitima y válida  para 2008, ya no lo es 10 años después, porque actualmente, aparte de haber  incorporado  la  facturación electrónica que reporta información real,  inmediata y fidedigna  al SII, la fiscalización que se efectúa sobre los formularios de movimiento animal (FMA) y  la trazabilidad electrónica   con registros oficiales  y en tiempo real centralizados, hace difícil comprender el  retroceso de 10 años aplicado silenciosamente  al trabajo público-privado, mediante la re implementación  del sistema de  retención de IVA.-

Creemos importante que los gremios agrícolas y los mismos productores, en forma individual, postulen ante el SII la solicitud de exención de la retención de IVA  para todos aquellos contribuyentes con domicilio legal estable y conocido y  con giro económico inherente al rubro ganadero.- Se hace necesario liberar, en nuestra actividad madre  del sur, la ataduras que mantiene el estado, cuando éstas son injustas, afectan la competitividad del sector y constituyen trabas que impiden el  desarrollo libre de la iniciativa privada, mientras  ésta  actúe dentro de los marcos de legalidad y ética correspondiente.-

HARRY JURGENSEN CAESAR
Presidente CORPCARNE